General Jurisprudencia

Valoración de inmuebles en herencia por la Administración.

 13 Mar, 2017

El Tribunal Supremo, ha dicho en numerosas ocasiones, que la tasación de los bienes inmuebles a heredar por parte de las autoridades pertinentes, debe estar motivada.

La Administración tiene el deber de informar al contribuyente sobre los fundamentos técnicos y prácticos que le han llevado a tasar con un valor real los bienes objeto del tributo.

La tasación no debe ser encargada a un perito por el contribuyente, ya que es costoso y de resultado incierto.

Así, en la STS de enero de 2016, el Tribunal se pronuncia en un caso en que la heredera recibió dos valoraciones diferentes de los bienes inmuebles que recibió en herencia de sus tías, causantes, y que habían fallecido con un año de diferencia.

Alegó la recurrente que se habían aplicado de forma incorrecta los coeficientes multiplicadores que se aplican al valor catastral de los inmuebles para calcular su valor y su tributo correspondiente.

La Sala, una vez más, dio la razón a la recurrente al no considerar la valoración de los bienes suficientemente motivada.

Esta sentencia vuelve a incidir en un aspecto del que ya hemos hablado en entradas anteriores, y es que la Administración, para valorar los bienes inmuebles, siempre hace uso en unas «tablas» que se basan en las dimensiones y localización del inmueble, sin entrar a valorar otros aspectos, como puede ser el estado de conservación del mismo.

El Tribunal Supremo, una y otra vez, da la razón a los particulares que se oponen a dicha valoración, ya que por ley se exige que sea un perito el que redacte un informe, basándose en otros elementos que requieren del estudio en persona del inmueble a valorar.

 

Carmen Herrero
Escrito por

Carmen Herrero

resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes

Depende del asunto, pero siempre lo sabrás antes de empezar: trabajamos con presupuesto cerrado y por escrito. La primera consulta puede hacerse online por videoconferencia (200 € IVA incluido, una hora) o presencial con cita previa.

Heredium es la firma especializada en herencias, sucesiones y su fiscalidad de Herrero e Hidalgo Asesores. Si tu asunto es de otra materia —fiscal, laboral, mercantil—, el despacho también puede ayudarte a través de hhasesores.com.

Sí. Trabajamos habitualmente por videoconferencia, teléfono y correo electrónico, también con clientes residentes en el extranjero. La mayoría de los asuntos se resuelven sin pisar Madrid.

Nada especial: cuéntanos tu situación y nosotros te decimos qué documentos hacen falta y cómo conseguirlos. Para reservar una consulta no necesitas preparar nada, aunque si tienes documentación puedes enviárnosla antes a info@hhasesores.com.

Sí: además de en español, podemos trabajar en inglés, francés, portugués y ruso. Formamos parte de la red internacional Lexunion para asuntos con componente extranjero.

Como prefieras: por teléfono en el 91 555 88 36, por WhatsApp con el botón de esta página, con el formulario de contacto o reservando directamente una consulta online.
WhatsApp