Lexunion

Tu herencia cruza fronteras. Nosotros también.

Un heredero en Buenos Aires. Un piso en Madrid. Una cuenta en París. Cada país con su ley, su impuesto y su plazo. Somos miembros fundadores de Lexunion, una red mundial de abogados y notarios, y resolvemos herencias con varios países de por medio desde hace más de veinticinco años.

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¿En qué podemos ayudarte?

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Tu herencia en España, sin venir a España

Trabajamos habitualmente con herederos residentes en el extranjero y con familias con patrimonio en varios países. Todo el proceso puede hacerse a distancia, en español, inglés, francés, portugués o ruso.

¿Has heredado en España y vives fuera? ¿O al revés?

Determinamos qué ley se aplica a la sucesión, qué impuestos tocan en cada país y cómo evitar pagar dos veces. Gestionamos certificados, poderes y firmas ante notario sin que tengas que desplazarte, y si Hacienda te cobró de más por ser no residente, lo reclamamos.

A través de la red Lexunion coordinamos con abogados y notarios del país que haga falta, con un único interlocutor: nosotros.

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Lo que suelen preguntarnos

Como regla general, en la Unión Europea rige la ley de la residencia habitual del fallecido (Reglamento europeo de sucesiones), aunque en testamento se puede elegir la ley de la propia nacionalidad. Determinarlo bien al principio evita repetir trámites después: es lo primero que analizamos.

No necesariamente: existen convenios y deducciones por doble imposición, y el orden en que se liquida en cada país importa. Con planificación, en la mayoría de los casos se evita pagar dos veces por lo mismo.

No. Con un poder notarial otorgado en tu país (apostillado y traducido, te decimos exactamente cómo) firmamos por ti ante notario en España. Trabajamos habitualmente con herederos en Francia, Suiza, Reino Unido o Argentina sin que pisen Madrid.

Es posible: los tribunales han reconocido que los no residentes —comunitarios y extracomunitarios— tienen derecho a los mismos beneficios fiscales autonómicos que los residentes. Si pagaste de más, se puede solicitar la devolución con intereses. Aquí te lo contamos en detalle.

El Impuesto de Sucesiones se presenta en 6 meses desde el fallecimiento (prorrogables otros 6 si se pide dentro de los 5 primeros). Con documentos que vienen del extranjero, ese plazo se queda corto enseguida: cuanto antes empecemos, más tranquilo será todo.

Nos encargamos de apostillas y traducciones juradas, y de que cada documento valga donde tiene que valer. Atendemos en español, inglés, francés, portugués y ruso, y coordinamos con abogados y notarios de otros países a través de la red Lexunion.

150 € + IVA · Una hora · Videoconferencia, estés donde estés

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