General Jurisprudencia

Transmisión del derecho a heredar del heredero transmitente fallecido.

 19 Sep, 2017
aceptar o repudiar una herencia

aceptar o repudiar una herencia

A partir de la sentencia del Tribunal Supremo de 11 de Septiembre de 2013,

el derecho a aceptar o repudiar una herencia de un transmitente fallecido pasa directamente a sus herederos.

Derecho a aceptar o repudiar una herencia

Transmisión del derecho a heredar del heredero transmitente fallecido.

Lo hace en base al artículo 1006 del Código Civil que dice lo siguiente:

por muerte del heredero sin aceptar ni rechazar la herencia pasará a sus herederos los mismos derechos que él tenía.

Esto contradice la doctrina clásica y mayoritaria en los tribunales, según la cual los bienes pasan del causante a su heredero vivo cuando estos aceptan la herencia.

Esta sentencia viene a aclarar un debate llegado a los tribunales de un cuaderno particional.

En él, los herederos de un heredero fallecido del causante sin aceptar o rechazara la herencia,

solicitaron que en el cuaderno particional se individualizase la parte que le correspondía a cada uno, pero el contador partidor únicamente les contó como herederos de uno de los herederos del causante.

Por ello, reclamaron a los tribunales que se les individualizase,

pasando sus pretensiones desestimadas tanto en primera instancia como en el recurso ante la Audiencia Provincial.

Por último, el Tribunal Supremo les dio la razón y ordenó al contador partidor que realizase de nuevo el cuaderno particional nombrando a cada uno, y no como un conjunto por ser herederos de heredero fallecido.

Carmen Herrero
Escrito por

Carmen Herrero