General Impuesto de Sucesiones Jurisprudencia

Reorganización de empresa familiar en favor de herederos.

 31 Ene, 2018

Bazar, Stand, Pulseras, Velas, Comercio, Grupo

En la sentencia 1902/2017, el Tribunal Supremo sienta jurisprudencia

Reorganización de empresa familiar en favor de herederos

Y por tanto, recoge las circunstancias mediante las cuales los padres pueden traspasar a sus herederos sus empresas y que éstos se acojan al principio de neutralidad fiscal de Hacienda, mucho más beneficioso que si tuviesen que tributar como un traspaso al uso.

Estos padres, habían dividido su empresa familiar en dos, aplicando el principio de neutralidad fiscal permitido por Hacienda siempre que haya justificación económica derivada de una necesidad estructural de la sociedad.

Hasta aquí Hacienda no puso problemas.

Sin embargo, tiempo después, los padres donan la totalidad de una de las empresas a sus hijos.

En ese año fiscal, Hacienda hace una inspección que sale negativo, y reclama a la empresa que debe acogerse al régimen ordinario y por lo tanto debía pagar más impuestos.

Consideró que el traspaso de la empresa a los hijos no es motivo económico válido para acogerse al principio de neutralidad fiscal.

Por ello, la empresa interpuso reclamación ante el Tribunal Económico Administrativo Central, que fue desestimado.

Sin embargo, la Audiencia Nacional falló a favor de la empresa en el recurso.

Con ello, el Abogado del Estado interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Por su parte, Hacienda defendió que el traspaso a los hijos no es motivo económico suficiente.

Por su parte, los empresarios alegaron que sí, ya que con el traspaso de la empresa a sus herederos se incorporaba una segunda generación a la empresa con el fin de que continuasen con el negocio.

El Tribunal Supremo se pronunció entendiendo que puedan coexistir el interés económico así como asegurar la continuidad familiar al frente del negocio.

Por ello, dio por válido que se aplique el principio de neutralidad fiscal cuando los herederos están integrados en la gestión de los negocios de la empresa.

Para cualquier duda, póngase en contacto con nuestro equipo de abogados especialistas.

Carmen Herrero
Escrito por

Carmen Herrero

resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes

Depende del asunto, pero siempre lo sabrás antes de empezar: trabajamos con presupuesto cerrado y por escrito. La primera consulta puede hacerse online por videoconferencia (200 € IVA incluido, una hora) o presencial con cita previa.

Heredium es la firma especializada en herencias, sucesiones y su fiscalidad de Herrero e Hidalgo Asesores. Si tu asunto es de otra materia —fiscal, laboral, mercantil—, el despacho también puede ayudarte a través de hhasesores.com.

Sí. Trabajamos habitualmente por videoconferencia, teléfono y correo electrónico, también con clientes residentes en el extranjero. La mayoría de los asuntos se resuelven sin pisar Madrid.

Nada especial: cuéntanos tu situación y nosotros te decimos qué documentos hacen falta y cómo conseguirlos. Para reservar una consulta no necesitas preparar nada, aunque si tienes documentación puedes enviárnosla antes a info@hhasesores.com.

Sí: además de en español, podemos trabajar en inglés, francés, portugués y ruso. Formamos parte de la red internacional Lexunion para asuntos con componente extranjero.

Como prefieras: por teléfono en el 91 555 88 36, por WhatsApp con el botón de esta página, con el formulario de contacto o reservando directamente una consulta online.
WhatsApp