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Nota importante sobre la Vigencia del Reglamento Europeo de Sucesiones Mortis Causa

 27 Sep, 2015

El Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 17 de agosto de 2015, excepto por lo que respecta a los artículos 77 y 78, que serán aplicables a partir del 16 de enero de 2014, y a los artículos 79, 80 y 81, que serán aplicables a partir del 5 de julio de 2012.
artículo 78 apartado 1.
Modificado por:
* DO L60 de 02/03/2013 : Corrección de errores hallados en el
* DO L344 de 14/12/2012: Corrección de errores hallados en el
Desarrollo:
* Reglamento de Ejecución (UE) no 1329/2014 de la Comisión, de 9 de diciembre de 2014, por el que se establecen los formularios mencionados en el Reglamento (UE) no 650/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones, a la aceptación y la ejecución de los documentos públicos en materia de sucesiones mortis causa y a la creación de un certificado sucesorio europeo (DO L359 de 16/12/2014).

Carmen Herrero
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