Consultas resueltas General

Herencias sin Testamento

 11 Mar, 2015

Caso muy común:

«Tenia un familiar que murio sin hacer testamento y quisiera asesorarme para reclamar mi parte de la herencia que consiste en una cuenta bancaria»

En el caso de fallecimiento de un familiar sin testamento, el trámite a seguir es la declaración de herederos ab intestato que habrá de solicitarse con intervención obligatoria de abogado, ante el Juzgado de Primera Instancia competente en el lugar de fallecimiento/última residencia del familiar.

Orientación jurídica Heredium Abogados:

Es un trámite sencillo pero, dependiendo de la agilidad del Juzgado, viene tardando entre 6 y 12 meses.

Por otra parte, debe presentarse ante la Administración de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente la Declaración de bienes (cuenta bancaria, con el saldo al día del fallecimiento), en el plazo de 6 meses a contar del fallecimiento, pudiendo solicitarse prórroga hasta el año, dentro de los cinco meses.

Si desea que le pongamos en marcha dichos trámites, en Heredium Abogados especialistas en Herencias quedamos a su disposición.

 

Carmen Herrero
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Carmen Herrero