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Cambio de ley en el País Vasco permite desheredar a los hijos sin alegar motivo alguno

 12 Abr, 2017

Como ya hemos explicado anteriormente, a los hijos del causante les corresponden dos tercios de la herencia, uno de ellos repartido a partes iguales entre los hijos y el otro repartido como quieran los progenitores. Por lo tanto, los progenitores únicamente pueden repartir un tercio de su haber hereditario fuera de sus descendientes.

Esto es así en todas las comunidades autónomas a excepción de Galicia, Cataluña, Aragón, Navarra y Baleares, en que la parte legítima varía, pero los causantes siempre están obligados a dejar parte de su herencia a sus hijos aunque en distintas proporciones.

La única manera por la que un padre puede desheredar a sus hijos está recogida en el artículo 853 del Código Civil. Estas causas son:

  • Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
  • Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.

Con la nueva Ley de Derecho Civil Vasco de 2015, por primera vez los padres pueden desheredar a alguno de sus hijos sin alegar explicación o motivo.

Esto ha provocado que haya aumentado el número de padres que han decidido desheredar a alguno de sus hijos, ya que lo motivos recogidos en el Código Civil son muy difíciles de demostrar ante un Juez.

Además, la nueva Ley de Derecho Civil Vasco reduce la legítima a un sólo tercio de la herencia.

Esta nueva ley no permite dejar a todos los hijos sin herencia, se puede «apartar» a uno o más hijos pero siempre tiene que quedar uno al que le corresponda ese tercio de legítima, a no ser que los padres aleguen que ha pasado alguno de los motivos que recoge el artículo 853 del Código Civil.

No mencionar a uno de los hijos en el testamento equivale a apartarlo de la herencia.

 

Carmen Herrero
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Carmen Herrero