General

La figura del usufructo

 25 Nov, 2013

Heredium Abogados, despacho integrado en H&H Asesores, vamos a explicar la figura y utilidad del usufructo por ser una duda muy recurrente que nos llega, ya que mucha gente no conoce ésta figura, su alcance y sus limitaciones.
El derecho real de usufructo consiste en líneas generales en entregar al usufructuario el disfrute total de los bienes, sus rentas y sus frutos, pero con la obligación de conservarlos. Dicho de forma coloquial, es la entrega de todo lo que pertenece al propietario de un bien, excepto la capacidad de transmitirlo.
En este caso, el derecho que se opone al usufructuario es el del nudo (del latín desnudo) propietario, que no ostenta prácticamente ningún derecho sobre el bien mientras vive el usufructuario, pero que recibe la plena propiedad, desde el mismo momento en que éste fallece.
Lo van a entender mejor con un ejemplo:
Si en un piso hay un usufructuario, éste tiene derecho a vivir en él sin ser molestado, a alquilarlo, a cederlo a sus familiares, a hacer las obras que le parezca, pero lo único que no podrá hacer, sin permiso del nudo propietario, es venderlo o hipotecarlo. En cambio, la otra parte, el nudo propietario, no tiene ni siquiera derecho a la llave del piso, pero puede impedir que se venda y, cuando muera el usufructuario, será el único dueño y señor del piso.
Con respecto al modelo de testamento, pueden visitar nuestra web www.testamentoherencia.com, o nuestra sección «modelos de testamento»
donde se recoge un modelo como el que solicita con usufructo vitalicio universal a favor del cónyuge.
Si desean profundizar algo más en la consulta, pueden concerta una cita con nosotros.

Carmen Herrero
Escrito por

Carmen Herrero

resolvemos tus dudas

Preguntas frecuentes

Depende del asunto, pero siempre lo sabrás antes de empezar: trabajamos con presupuesto cerrado y por escrito. La primera consulta puede hacerse online por videoconferencia (200 € IVA incluido, una hora) o presencial con cita previa.

Heredium es la firma especializada en herencias, sucesiones y su fiscalidad de Herrero e Hidalgo Asesores. Si tu asunto es de otra materia —fiscal, laboral, mercantil—, el despacho también puede ayudarte a través de hhasesores.com.

Sí. Trabajamos habitualmente por videoconferencia, teléfono y correo electrónico, también con clientes residentes en el extranjero. La mayoría de los asuntos se resuelven sin pisar Madrid.

Nada especial: cuéntanos tu situación y nosotros te decimos qué documentos hacen falta y cómo conseguirlos. Para reservar una consulta no necesitas preparar nada, aunque si tienes documentación puedes enviárnosla antes a info@hhasesores.com.

Sí: además de en español, podemos trabajar en inglés, francés, portugués y ruso. Formamos parte de la red internacional Lexunion para asuntos con componente extranjero.

Como prefieras: por teléfono en el 91 555 88 36, por WhatsApp con el botón de esta página, con el formulario de contacto o reservando directamente una consulta online.
WhatsApp