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Consulta sobre posibilidad de volver a hacer una división de herencia

 23 Dic, 2015

Una cliente contacta con nosotros para saber si es posible que se vuelva a hacer una división de la herencia de sus padres.

Nos cuenta que eran tres hermanos, uno murió dejando dos sobrinos, y su otro hermano, una vez fallecido el padre, hizo que un juez declarase incapaz a su madre y a él como tutor.

Sus padres habían dejado herencia nombrando a sus tres hijos como herederos a partes iguales.

Cuando fallecieron los padres, se realizó el procedimiento de división de la herencia y el acta de formación de inventario.

Nuestra cliente nos dice que ella no entregó ningún documento por falta de tiempo y pensando en que el inventario tendría que ser igual para todos y así fue.

Lo único que no se comentó fue que entrarían las donaciones de que disponían los tres hermanos, las ponen como bienes colacionables, ella firmó este documento igual que todos los allí presentes y añade que no se señala comparecencia para nombrar contador-partidor por estar las partes en vía de acuerdo, suspendiéndose dicho trámite hasta que por cualquiera de las partes insten a su continuación.

Las preguntas que nos formula son las siguientes:

¿Podría instar a que se lleve a efecto la división de la herencia? ¿Qué trámites habría que realizar?.

Para instar la división de la herencia habría de iniciarse un nuevo procedimiento, puesto que el iniciado se ha archivado por desistimiento de los solicitantes.

¿Puede demandarles para llevar a efecto una división de herencia y en su caso un nuevo inventario, ya que alguno de los bienes no estaban bien expresados?

Efectivamente, Vd. puede instar una nueva demanda de división, ya que ésta no tiene caducidad, si bien habría de partirse del inventario ya firmado y aceptado por todos. Aunque también es cierto que sería posible añadir bienes no inventariados que pertenecieran a la herencia si se acredita documentalmente la pertenencia a la misma.

Si esta demanda ha caducado, caducan también los documentos presentados, como el acta de formación de inventario?

Los documentos presentados en el Juzgado mantienen su plena validez, independientemente de que la instancia haya caducado, salvo que alguno de ellos fuera nulo.

El acta de formación de inventario es perfectamente válida al estar aceptada y firmada por todos los herederos (incluida Vd. misma) y, es más, habrá de servir de base para la formación de un inventario nuevo, si es que hubiera que añadir algún bien no inventariado.

Si usted se encuentra en un caso similar, no dude en contactar con nuestro despacho, resolveremos sus dudas.

 

Carmen Herrero
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Carmen Herrero