Nulidad de testamento
En el recurso ante el Tribunal Supremo 1340/1992,
vemos un caso que llega a los tribunales en que los herederos solicitan al juzgado que se declare nulo un testamento pese a haber sido otorgado ante notario, alegando incapacidad de la testadora.
Dicha testadora había otorgado primero un testamento ante notario en que nombró herederos a todos sus hermanos y sobrinos.
Años más tarde otorgó otro testamento ante otro notario en que nombró heredero universal de todos sus bienes a uno sólo de sus hermanos, desheredando al resto.
Demanda
Cuando fallece, los herederos «desheredados» interponen demanda ante el Juzgado de Primera Instancia en que solicitan al Juez que declare nulo el segundo testamento alegando incapacidad para testar de la causante.
Incapacidad para otorgar testamento
El Juzgado de Primera instancia, una vez analizada las pruebas,
Llega a la conclusión de que la testadora no tenía capacidad para otorgar el segundo testamento, por lo que declara su nulidad y como consecuencia el primer testamento pasa a ser el válido.
El hermano recurrió ante la Audiencia, que dio validez a la sentencia de primera instancia al entender probada la incapacidad para testar de la causante.
Con ello, el abogado interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
Alegó que la capacidad para testar ha de presuponerse,
y además al haber sido el testamento otorgado ante notario y este corroborar in situ la capacidad para testar de la causante,
se tiene que buscar que se cumpla su capacidad, que era la de otorgar el testamento.
El Tribunal Supremo desestima el recurso.
Si bien la capacidad para testar se presupone, el hecho de no estar incapacitada legalmente y haber sido otorgado el testamento ante notario, las pruebas aportadas.
Por la otra parte así como la valoración de los tribunales en este caso concreto han sido suficientes para demostrar la incapacidad de la testadora, lo que conlleva la nulidad para otorgar el testamento.