Quién gana y quién pierde con un tipo mínimo en Sucesiones
Ámbito: Fiscal
Fuente: (Cinco Días, 12-05-2014)
Desde hace tiempo se viene estudiando en el ministerio de Hacienda por una comisión de expertos para la reforma fiscal, establecer un tipo mínimo en el impuesto de sucesiones para todas las Comunidades Autónomas.
Este impuesto incrementaría la tributación de los contribuyentes residentes en algunas comunidades, como ocurre en Madrid, donde prácticamente había sido ya suprimido.
La gran diferencia en la legislación aplicable de este tributo según la comunidad autónoma que se trate es la razón por la que se propone un tipo homogéneo.
El tema sería poner un gravamen entre el 4% y 5% para herencias entre familiares directos (cónyuges, hijos y ascendientes), lo cuál supone que en Comunidades como Cantabria, La Rioja, y Madrid, con legislaciones y tipos de gravamen inferiores, los contribuyentes saldrían muy perjudicados.
Con la legislación actual, por ejemplo en Madrid, está bonificado este tributo en un 99% sobre la cuota y además hay reducciones por parentesco vivienda habitual etc…Con la legislación actual, una herencia de 800.000 de los cuales son vivienda habitual por valor de 200.000 euros, sería una cuota a abonar por el contribuyente de unos 1657 €, sin embargo, con la nueva legislación, para heredar esos 800.000 € habría que contribuir a hacienda con unos 31.000 euros.
Sin embargo, en otras comunidades, esta reforma, reduciría muchísimo la cuota a contribuir por recibir una herencia. En comunidades com Extremadura, Asturias, Andalucía y Murcia, con la legislación actual, para heredar 800.000 hay que pagar 150.000 euros en concepto de impuesto de sucesiones, y la nueva reforma fiscal en este asunto, rebajaría la cuota a pagar drásticamente: Se establecería una cuota progresiva desde el 7% hasta el 34% (a partir este último de 800.000 €)
Estas diferencias entre comunidades autónomas ocurren entre otras causas porque las comunidades tienen amplias competencias para fijar beneficios fiscales.Esto ha supuesto cambios de residencia de contribuyentes por motivos fiscales.
La nueva legislación fiscal establecería un modelo que elimine los beneficios fiscales por comunidad, y establecería tres tipos de gravamen, uno reducido (entre el 4% y el 5%) para los familiares directos, otro medio para parientes de segundo y tercer grado (entre el 7% y el 8%) y un gravamen más elevado para los casos no incluidos en los dos anteriores (entre el 10 y el 11%).
Los sabios no contemplan fijar ningún beneficio para las herencias o donaciones de la vivienda habitual. Si bien su propuesta encarece la cuota tributaria para las transmisiones entre familiares directos en algunos territorios, reduce en la mayoría de comunidades la factura fiscal en el caso de herencias que no se produzcan entre padres e hijos y cuya fiscalidad actual resulta muy elevada. A pesar de las protestas de la Comunidad de Madrid, el Ejecutivo se plantea explorar la propuesta del grupo de sabios en la reforma fiscal que aprobará este año.