(El País, 13-04-2014)
La factura fiscal que se paga al aceptar una herencia ha hecho que el número de personas que renuncia a un legado se haya duplicado durante la crisis. Mientras en 2007 se registraron 11.047 renuncias, en 2012 se produjeron 23.965, según el centro de información estadística del Consejo General del Notariado. El año pasado la tendencia se acentuó aún más. Crecieron un 21% con respecto al anterior año. En los últimos cuatro años las comunidades autónomas en las que más han aumentado las renuncias de herencias son La Rioja, Murcia y Andalucía. Por su parte, País Vasco y Baleares fueron en las que menos desistimientos hubo.
Las herencias están sujetas al impuesto de Sucesiones y Donaciones. Un tributo que gestionan las comunidades autónomas generando en ocasiones una gran disparidad entre lo que tiene que pagar una persona para recibir o donar una herencia en Andalucía o en Madrid. Un ejemplo de ello expuesto por el Consejo General de Economistas es el de un andaluz de 30 años que acaba de recibir una herencia de 800.000 euros de su difunto padre, de los cuales 200.000 corresponden al valor de la vivienda del fallecido, y que tendría que abonar por el impuesto de Sucesiones y Donaciones 164.049 euros. Si el heredero fuese gallego pagaría tres veces menos, 55.180 euros, y si fuera de Madrid la cantidad descendería hasta los 1.586 euros.
Entre las 444 páginas de la reforma fiscal elaborada hace dos semanas por la comisión de expertos designada por el Gobierno se encuentra la propuesta de que el impuesto de Sucesiones y Donaciones se ordene entre las comunidades, estableciendo un tipo mínimo para evitar la competencia fiscal. El miedo a que finalmente se armonice una tributación común en todo el territorio español ha provocado que muchos particulares de aquellas comunidades autónomas que pagan menos por este impuesto, como la Comunidad de Madrid, hayan decidido adelantar sus futuras donaciones. Luis Bravo, socio del área fiscal del despacho de abogados Cuatrecasas, corrobora esta tendencia e insta al ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, a que lleve a cabo esta “ecualización” del impuesto “cuanto antes”.
Madrid es la comunidad que tiene una de las tributaciones más atractivas, con reducciones del 99% si las sucesiones o donaciones se practican dentro del núcleo familiar. Castilla-La Mancha, Galicia, Valencia, Baleares y La Rioja ofrecen rebajas por encima del 90%. La reforma fiscal propuesta por los expertos eliminaría estos contrastes fijando unos tipos mínimos en todo el territorio nacional que solo discriminasen en función del grado de parentesco. La comisión de sabios sugiere que haya un tipo reducido del 4%-5% para los descendientes directos; un tipo medio del 7% para los de segundo grado, como los hermanos, y uno del 10% para los de tercer grado (sobrinos, tíos…etc.). En la actualidad el tipo máximo de gravamen va del 0,8% en Navarra hasta el 36,5% en Andalucía, Asturias y Murcia.
El pago de este tributo exige en ocasiones pedir un crédito avalado por el propio inmueble heredado y actualmente los bancos han endurecido sus condiciones para conceder un préstamo. Joseba Munarris López, de 21 años, titubeó sobre si aceptar la herencia que le había legado su tía: una casa valorada en 180.000 euros en Artajona (Navarra). Munarris tenía que abonar 33.000 euros a Hacienda si quería quedarse con el inmueble. “No podía pagarla porque no tenía ese dinero. Mis padres y una de mis hermanas me adelantaron esa cantidad que ahora estoy devolviéndoles poco a poco”. En su caso sus familiares hicieron las veces de prestamista bancario. “Tuve suerte y no pague demasiado porque en Navarra existen bonificaciones por el parentesco de sobrino nieto”. Este tipo de consanguinidad de tercer grado no goza de descuentos en otras comunidades autónomas como Andalucía, Comunidad Valenciana o La Rioja donde el importe a pagar por Munarris hubiera sido de 42.626 euros.
El notario Alfonso Cavallé cree que “las diferentes bonificaciones se aplican en base a intereses políticos, dependiendo de lo que le convenga a cada Gobierno autonómico”. Cavallé revela además que estas desigualdades entre comunidades autónomas “incitan al cambio de residencia”. Pero este traslado de comunidad se debe hacer con antelación ya que el régimen fiscal que se tiene en cuenta para saldar la herencia es el de la comunidad en la que se haya residido más tiempo durante los cinco años anteriores a la sucesión.
El tío de M.B.C., asturiana de 58 años, también buscó una salida para pagar menos impuestos. A la hora de hacer testamento decidieron dividir los bienes, que eran acciones, entre varios herederos y así “ahorrarse un dinero”. Cuando se da el supuesto de que ninguno de los herederos acepta el legado, este pasa a manos del Estado que lo acepta siempre bajo el denominado beneficio de inventario. Esta fórmula contempla que el legatario solo responderá a las deudas del fallecido con los bienes que reciba por la herencia. Los beneficiarios particulares también pueden acogerse a este sistema, aunque no todo el mundo conoce su existencia y normalmente es el notario quien debe informar de esta opción. El Estado tiene además la obligación de donar una tercera parte de la herencia que reciba a instituciones municipales del domicilio del difunto.
El informe de la Comisión de expertos para reformar el sistema fiscal recoge lo recaudado por este impuesto en España en comparación con el resto de la OCDE. En 2010 (último año del que hay datos de ambos) la cantidad total era la equivalente al 0,23% del PIB español, mientras que el promedio de la OCDE era de 0,12%. Con la recaudación de este impuesto las comunidades autónomas han llegado a ingresar 2.730 millones de euros en 2008. En 2011 recaudaron 730 millones menos. Cataluña y Murcia encabezan la lista de comunidades en las que más bajó la recaudación. Del año 2010 al 2011 la cantidad ingresada por este impuesto en Cataluña se redujo a la mitad: de 609.527 euros a 338.267. El motivo fue la fulminación del impuesto de Sucesiones y Donaciones que llevó a cabo el gobierno de CiU, con Artur Mas al frente, en el año 2011.
En el caso de Murcia la bajada de 33.873 euros a 26.087 se explica en parte por la deducción específica que se ofreció a los damnificados por el terremoto de Lorca ocurrido en 2011. El gobierno murciano decidió ofrecer una bonificación del 99% en el caso de las donaciones para la adquisición de vivienda habitual a aquellos con domicilio fiscal en Lorca. Para las sucesiones de viviendas en las que la causa del fallecimiento fuera el terremoto, la deducción autonómica llegó al 100%